domingo, 18 de septiembre de 2011

Obligaciones Civiles



El derecho, es una ciencia social que tiene varias ramas que se especializan en temas específicos, un ejemplo de esto puede ser derecho administrativo, tributario, penal, civil, etc. Podríamos dividirlo de forma mas simple, diciendo que se divide en dos grandes partes que acogen las anteriores (entre otras), serian privado y público.  Sin embargo hay que tomar en cuenta que a pesar de que podemos ponerle un nombre a su especialidad o su “división”, no podemos encasillar cada una de ellas como un derecho independiente, el derecho es una ciencia interdisciplinaria, que toma en cuenta las demás, resultando en un todo.
Según Víctor Pérez en su libro de “derecho privado”, el derecho privado y público son complementarios, diciéndonos que al ser parte de un ordenamiento jurídico común, se entrelazan. Es claro que en Costa Rica el derecho privado, que lo  podríamos explicar como normas que brindan derechos y deberes entre individuos, lo respalda el Estado, cuidando de que sea justo y velando por que los tratos entre individuos tengan los parámetros necesarios, velando por un trato que no sea abusivo. Según el texto, existen las situaciones jurídicas públicas y privadas, en donde podemos tomar en cuenta estados matrimoniales, deuda o un derecho de propiedad. Estos son ejemplos que entrelazan ambas situaciones, son respaldadas por ambos tipos de derecho. Las situaciones jurídicas se basan en dos puntos importantes de comentar, la valoración, donde podemos tomar en cuenta lo que se debe hacer  y el comportamiento respecto a esa valoración.
Es ahí donde podemos conversar sobre las obligaciones civiles. Las obligaciones civiles son parte del derecho civil y trata sobre relaciones de los miembros de la comunidad. Según el tratado de las obligaciones de Alberto Brenes, la obligación es un vínculo jurídico en virtud del cual una persona se halla compelida a dar, hacer o no hacer alguna cosa. La obligación existe en el momento en que hay una relación entre dos sujetos de forma jurídica, se le llaman acreedor y deudor. Acreedor es aquel que tiene la facultad de exigir y deudor que es el que se compromete, debe cumplir.
Las obligaciones civiles son parte de la ley, imponen deberes. En Costa Rica se podría decir que aplican de forma publica y privada. Las obligaciones tratan los contratos que son compromisos civilmente obligatorios y cuasicontratos que seria compromiso entre las partes. Sus elementos son capacidad de la persona que obliga, el objeto y la causa de la obligación.
La importancia de las obligaciones civiles en Costa Rica es clara. Esta actividad muestra el compromiso legal entre partes, brindando seguridad y relaciones de interés justas. Dentro de las obligaciones existen temas de suma importancia para la sociedad, como los derechos reales, por ejemplo la propiedad, también el arrendamiento y comodato, y por supuesto los contratos de hacer o no hacer, en donde podríamos ejemplificarlo con contratos de trabajo, o lineamientos matrimoniales. El mismo código civil nos muestra parámetros sobre las obligaciones, y no solo éste, dependiendo del tipo de obligación, existe respaldo de otras leyes, como por ejemplo el código de trabajo, código de familia, etc. Las obligaciones civiles al ser parte de las leyes cuidan tanto al acreedor como al deudor, debemos recordar siempre que el derecho tiene como objetivo principal velar por el bienestar de las personas, y también mantener relaciones justas. La sociedad se basa en relaciones humanas y eso es lo que el derecho analiza, es por esto que las obligaciones al ser parte de las leyes, velan por que las relaciones jurídicas sean validas, licitas y justas. 

2 comentarios:

  1. Hola compañera, realmente tu ensayo me parece muy bueno en cuanto el tema, pero una de las características que mas me llamó la atención es como defines lo que es el derecho público y privado por el motivo de que mencionas que ambos se entrelazan ya que forman parte de un ordenamiento jurídico, de cierta manera para que se pueda dar el derecho privado muchas de las veces es necesaria la intervencion del derecho público (regulaciones)y viceversa, un ejemplo claro sería: poner un restaurante, para que éste restaurante funcione de la mejor manera lo que es el derecho público tiene que intervenir ( uso de rampas, baños para discapacitados, entre otros) poniendo regulaciones ya que en quizás esas no se cumplan en el derecho privado.Por lo tanto, los dos funcionan de la mano...

    Muchas gracias, saludos!

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  2. Hola Margarita

    Tu ensayo es interesante pero hay cosas que no están correctas, por ejemplo cuando hablas de vincular las obligaciones civiles con los derechos reales ya que se trata de cosas distintas: los derechos personales (como las obligaciones civiles) tienen como antecedente la relación entre dos personas, una denominada acreedor y otra denominada deudor, pero en el caso de los derechos reales, la relación se establece entre la persona y un bien, que puede ser mueble o inmueble, más se trata de temas separados de modo tal que en este curso, únicamente analizaremos los derechos de crédito (obligaciones).

    Ian Berrocal A.

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