sábado, 5 de noviembre de 2011

Ensayo Obligaciones de Medios y de Resultados



Rene Demogue nos brinda una propuesta donde divide las obligaciones de medios y de resultados. Como en cualquier rama, colegas del ámbito jurídico criticaron a favor algunos y otros en contra respecto a su propuesta, desarrollando justificaciones de si es  un análisis valido o no para las “obligaciones” en el ámbito del derecho.

Demogue nos dice que la naturaleza de la obligación no siempre es la misma desde la visión de un deudor, su clasificación fue como anteriormente dijimos, de medio y de resultado. La de medio nos explica que son aquellas obligaciones en donde es suficiente el medio aunque el fin nunca se de y la de resultado es una obligación donde el acreedor obtiene una acción especifica y completa, en donde la obligación se cumple en el momento en que la acción este concluida.  


Debido a que las obligaciones son dar, hacer o no hacer algo, los autores que están en contra no ven practicidad en lo que Demogue nos dice. Su clasificación para ellos no tiene lógica, ya que los resultados necesitan medios y los medios llegan a un resultado. En la lectura se nos dice que si la obligación no tiene un resultado, también carece de objeto para el acreedor, quien tiene derechos si se incumple la prestación (E.W. Wayar).

No tiene lógica una obligación que no tenga un valor para el acreedor, el medio y el resultado van de la mano. El elemento principal del acreedor es el cumplimiento de la obligación, que va ligado a la conducta del deudor donde se espera un producto final, que necesita los medios para llegar a el.

Como criterio personal, considero que a pesar del esfuerzo del análisis de Demogue, no es el mas acertado para la práctica de hoy en día. Las obligaciones se construyen de forma que se le de un resultado a un acreedor, que éste quede satisfecho y así libere al deudor de su obligación. Para llegar a este fin se necesita un proceso, por lo tanto podemos recalcar que separa legar a un resultado se necesita un medio.

1 comentario:

  1. Margarita: La felicito por su exposición ya que en ella puedo apreciar su criterio personal bien argumentado y no la transcripción de fragmentos de la lectura. Efectivamente, la distinción ha sido ampliamente criticada y discutida. En el siguiente curso, veremos como esta toma significada cuando estudiamos el tema de la responsabilidad civil. Ian.

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